ELABORAMOS TU MODELO 182 DE DONACIONES
Si quieres que elaboremos el Modelo 182, así como los certificados de donaciones, puedes ponerte en contacto con nosotros llamando al teléfono 954091988 o completando el siguiente formulario. Nos podremos en contacto contigo con el fin de proporcionarte un presupuesto ajustado a tus necesidades.
¿QUÉ ES EL MODELO 182?
Si tu fundación o asociación ha recibido donaciones durante el año 2017 tienes la obligación de presentar ante la Agencia Tributaria el Modelo 182 de declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas.
¿En qué consiste esta obligación?
¿Quiénes deben presentar este modelo?
– Fundaciones, que no estando acogidas a la Ley 49/2002, hayan expedido certificados acreditativos de donaciones percibidas que den derecho a la deducción establecida en el artículo 68.3.b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
-Asociaciones declaradas de Utilidad Pública acogidas a la Ley 49/2002.
¿Cuánto se pueden deducir las personas físicas y jurídicas por sus donaciones?
- Durante el periodo impositivo 2017 el porcentaje de deducción para las bases de hasta 150 Euros al 75%, y el aplicable al resto de la base de la deducción será del 30%.
- Si en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad que exceda de 150 Euros, será del 35%
Personas jurídicas:
- Durante el periodo impositivo 2017 el porcentaje de deducción para las bases de deducción será del 35%.
- Si en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad, será del 40%.
Deducciones por donativos |
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Ley49/2002 | Reforma Fiscal | 2017 | |
IRPF 25% | IRPF | Primeros 150€ | 75% |
Resto | 30% | ||
2 años anteriores con donación igual o mayor | 35% | ||
IS 35% | IS | Donación X | 35% |
2 años anteriores con donación igual o mayor | 40% |
¿Cuándo finaliza el plazo?
Llámanos si quieres que aclaremos cualquier consulta o duda: 954 09 19 88.
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