Los principales modelos y plazos generales de presentación de autoliquidaciones para el primer trimestre del año 2023 son:
Hasta el 20 de enero de 2023
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Modelos 111, 115 (cuarto trimestre 2022). También modelos 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216, en su caso.
* En caso de domiciliación del importe a ingresar, el plazo vencería el día 15 de enero.
Hasta el 30 de enero de 2023
IVA
- Modelo 303 (cuarto trimestre 2022)
- Modelo 349 Operaciones intracomunitarias (cuarto trimestre 2022).
- Modelo 390 (Resumen anual 2022).
* En caso de domiciliación del importe a ingresar, el plazo vencería el día 25 de enero.
Hasta el 31 de enero de 2023
RENTA
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Modelos 180, 190 (resumen anual). También modelos 188, 193, 193-S, 194, 196, 270, en su caso.
DONATIVOS, DONACIONES Y APORTACIONES RECIBIDAS Y DISPOSICIONES REALIZADAS
- Modelo 182 (Declaración anual 2022).