La Disposición Transitoria primera de la Ley de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, 10/2005, de 31 de mayo, estableció un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la norma, el 17 de septiembre de 2005, para adaptar sus estatutos a la nueva ley.
En virtud de esta regulación las fundaciones andaluzas se encuentran en la recta final del plazo para adaptarlos ya que concluye el 16 de septiembre de 2008.
La Asociación de Fundaciones Andaluzas tiene, a disposición de las fundaciones asociadas, un servicio de revisión de los estatutos que contempla la emisión de un informe con las sugerencias sobre las modificaciones a introducir en cada uno de ellos, no sólo para adaptarlos a la Ley sino también para lograr un mejor funcionamiento interno de la fundación y de sus órganos de gobierno y dirección. El teléfono de nuestro servicio de asesoramiento personalizado es 954 091 988 y el correo electrónico: aordonez@fundacionesandaluzas.org
 

 

 

La Disposición Transitoria primera de la Ley de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, 10/2005, de 31 de mayo, estableció un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la norma, el 17 de septiembre de 2005, para adaptar sus estatutos a la nueva ley.
En virtud de esta regulación las fundaciones andaluzas se encuentran en la recta final del plazo ya que concluye el 16 de septiembre de 2008.
La Asociación de Fundaciones Andaluzas tiene, a disposición de las fundaciones asociadas, un servicio de revisión de los estatutos que contempla la emisión de un informe con las sugerencias sobre las modificaciones a introducir en cada uno de ellos, no sólo para adaptarlos a la Ley sino también para lograr un mejor funcionamiento interno de la fundación y de sus órganos de gobierno y dirección. El teléfono de nuestro servicio de asesoramiento personalizado es 954 091 988; el correo electrónico: aordonez@fundacionesandaluzas.org