En Sentencia dictada el pasado 22 de diciembre de 2008, la Audiencia Nacional declara la nulidad del denominado I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social publicado en el BOE de 19 de junio de 2007. Con esta sentencia se estima la pretensión de falta de representatividad negociadora de la única asociación empresarial firmante, AESAP. Esta Sentencia es inmediatamente ejecutiva, sin perjuicio de recurso ante el Tribunal Supremo.
Recordamos que dicho Convenio Colectivo Marco resultaba de aplicación a las entidades y empresas que, independientemente de su personalidad jurídica, desarrollaran programas y acciones de Acción e Intervención Social en España, realizando y/o gestionando profesionalmente Centros, Recursos, y Servicios de atención a personas, grupos y comunidades. Viéndose afectados también los ámbitos de la acción social, así como el socio-laboral o el socio-sanitario, pasando por lo socio-cultural y lo socio-educativo, psicosocial, asistencial, intervención socio-comunitaria y sociocultural y las áreas de diseño y evaluación de programas sociales.