El pasado 3 de julio se publicó en BOE la Resolución de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017.
Este convenio constituye un marco mínimo de aplicación obligatoria para todas las entidades, organizaciones y/o empresas que desarrollen su actividad en cualquier territorio del Estado español, sin perjuicio de la prevalencia de aplicación de los convenios de ámbito inferior existentes, hasta la finalización de su vigencia natural, en cuyo momento la nueva negociación colectiva habrá de ajustarse a lo establecido en este convenio.
Será de aplicación en todas aquellas empresas, asociaciones, fundaciones, centros, entidades u organizaciones similares (en adelante organizaciones) cuya actividad principal sea la realización de actividades de acción e intervención social, cuya naturaleza jurídica no sea de derecho público, o cuyo accionista único o socio principal no sea una administración pública.
Por acción e intervención social, se entienden las actividades o acciones, que se realizan de manera formal y organizada, que responden a necesidades sociales y ofrecen atención a personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad social, cuyo propósito puede ser tanto detectar, prevenir, paliar, superar o corregir procesos de exclusión social, como promover procesos de inclusión y/o participación social.
Serán afectadas por este Convenio los ámbitos de la acción social, así como el socio-laboral o el socio-sanitario, pasando por lo socio-cultural y lo socio-educativo. Así mismo quedan incluidas, de manera exclusiva, en el ámbito de este Convenio, la Cooperación Internacional y Ayuda al Desarrollo en los términos recogidos en la disposición transitoria segunda.
Este ámbito funcional se precisa con el catálogo de actividades que se enumeran en la Disposición Primera de esta Resolución.
Este Convenio colectivo entró en vigor el 4 de julio, día posterior a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y estará en vigor hasta el 31 de diciembre del año 2017. No obstante sus efectos económicos lo serán a fecha 1 de enero de 2015. El presente Convenio quedará automáticamente prorrogado por anualidades, de no mediar denuncia expresa y por escrito del mismo.
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Si desea más información, puede ponerse en contacto con el Departamento de Asesoramiento Laboral en el teléfono 954091988 o enviando un email a laboral@fundacionesandaluzas.org.
Foto: Fundación Gerón.