¿Qué va a suponer para las entidades sin ánimo de lucro representativas de esta colectividad?

El Parlamento de Andalucía aprobó ayer, 13 de septiembre, la Ley de los Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.

Esta nueva Ley pretende avanzar hacia una sociedad más justa, inclusiva y accesible, primando la garantía de los derechos de igualdad de oportunidades más que el enfoque asistencial. Uno de sus principales objetivos es dar prioridad a las políticas de empleo dirigido a la igualdad de oportunidades para todas las personas según sus capacidades, así como otorgar protagonismo a las personas con discapacidad en el libre desarrollo de su personalidad y en la toma de decisiones sobre los aspectos de su vida.

Esta nueva Ley pretende avanzar hacia una sociedad más justa, inclusiva y accesible

En cuanto a las entidades sin ánimo de lucro representativas de esta colectividad, destacamos a continuación las áreas en las que se regula su colaboración en el desarrollo de estos objetivos:

  • En materia de empleo: Se contempla la posibilidad que las entidades sin ánimo de lucro – que tengan entre sus fines la formación o inserción profesional – puedan desarrollar acciones formativas en los planes específicos de formación profesional para el empleo que aprueben las consejerías competentes.Igualmente se establece el compromiso de las Administraciones Públicas de promover la colaboración con entidades de personas con discapacidad, sin ánimo de lucro, para la realización de prácticas formativas.Las entidades representativas participarán junto con la Administración en la elaboración del plan de empleo de las personas con discapacidad
  • En el área de Servicios Sociales: Se establece la posibilidad de que estos servicios sean prestado por entidades privadas a través de conciertos sociales como modalidad diferenciada de las recogidas en la normativa sobre contratación del sector público. En el establecimiento de estos conciertos sociales serán considerados de manera preferente, en igualdad de condiciones de eficacia, calidad y rentabilidad social, las instituciones, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, promovidas por las personas con discapacidad, sus familiares o sus representantes legales.

discapacidad

  • En materia de Viviendas Reservadas: La Administración Pública reservará un mínimo del 4% de viviendas protegidas para personas con discapacidad. En el supuesto que no fuesen adjudicadas habrán de ser ofrecidas, antes de pasar al cupo general, a entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen programas de vivienda o proyectos de vida independientes o la promoción de la autonomía personal, destinadas a la residencia de personas con discapacidad.
  • Investigación: Se contará con la colaboración en la realización de estudios de investigaciones destinadas a la mejora de la calidad de vida y autonomía con las entidades representativas de las personas con discapacidad.
  • En Contratación Pública: Se reserva el 5% del importe anual de la Junta, en las actividades que se determinen, a favor de los centros especiales de empleo, siempre que su actividad tenga relación con el contrato.
  • Igualmente se establece expresamente la participación de estas entidades en el Plan de acción integral para las personas con discapacidad, así como en el Consejo andaluz de atención a las personas con discapacidad.

El texto definitivo se publicará en BOJA en unos días.

Accede aquí al Dictamen de la Comisión de Igualdad y Políticas Sociales.