CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN EXTREMEÑA DE FUNDACIONES, LA CONFEDERACIÓN VASCA DE FUNDACIONES – FUNKO, LA COORDINADORA CATALANA DE FUNDACIONES Y LA AFA

– D. Juan José Salado Sánchez, en nombre y representación de la Asociación Extremeña de Fundaciones, con domicilio social en Plaza Mayor, Nº 30 de Cáceres, en su condición de Presidente.

– D. Javier Goienetxea, en nombre y representación de la Confederación Vasca de Fundaciones – FUNKO, con domicilio social en Vicente Goikoetxea 1- Bajo oficina 4, de Vitoria, en su condición de Presidente.

– Dª. Alba Molás i Rifá, en nombre y representación de la Coordinadora Catalana de Fundaciones, con domicilio social en Provença, 304, 1r 3ª, de Barcelona, en su condición de Directora Gerente.

– D. Juan Luis Muñoz Escassi, en nombre y representación de la Asociación de Fundaciones Andaluzas, con domicilio social en C/ Bergantín, 42, de Sevilla, en su condición de Secretario General.

Todas las partes se reconocen entre sí capacidad para otorgar el presente acuerdo, y a los efectos:

MANIFIESTAN

I.    Que la Asociación Extremeña de Fundaciones es una entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
II.    Que la Confederación Vasca de Fundaciones – FUNKO es una entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
III.    Que la Coordinadora Catalana de Fundaciones es una entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
IV.    Que la Asociación de Fundaciones Andaluzas es una entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
V.    Que todas tienen, como fines principales, ser cauce y lugar de encuentro y cooperación, constituir una voz propia de defensa y representación, impulsar iniciativas de interés general y difundir en la sociedad la importancia de la acción social que desarrollan las fundaciones, dentro de sus correspondientes ámbitos territoriales.
VI.    Que todas tienen intereses comunes, como son: ampliar el conocimiento que de las fundaciones tiene la sociedad, la mejora del marco legislativo aplicable a estas entidades, o la mejora de los servicios y actividades que realizan a favor de sus asociados.
VII.    Que en virtud de cuanto antecede, están dispuestas a firmar el presente acuerdo en base a las siguientes:

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Todas las partes trabajarán conjuntamente, en aquellas actividades que así lo permitan, desde la firma de este convenio, en la consecución de los fines comunes, constituyéndose en fuente y apoyo mutuos, favoreciendo acuerdos que supongan ahorro de costes para las organizaciones e intercambiando conocimientos y experiencias a través de los cauces que acuerden más propicios para ello.

SEGUNDA.- Todo lo anterior se desarrollará en base a las siguientes líneas de actuación conjunta:

•    Facilitarán el contacto entre las fundaciones asociadas de cada una de las organizaciones autonómicas, generando acciones que lo posibiliten, con el objeto de incentivar el trabajo en común en pro del sector fundacional, y respetando en todo caso la política de Protección de Datos implantada en cada una de las organizaciones.

•    Unificar los servicios prestados a las fundaciones, siempre que sea posible.

•    Colaborarán en la realización de cursos, jornadas y seminarios, que sean de interés para sus asociados, facilitándose mutuamente toda la información de los cursos que cada una realice en su Comunidad Autónoma, sirviendo esta medida de orientación recíproca sobre las cuestiones que más interesan a las Fundaciones, en cada momento.

En cada una de estas actuaciones formativas, las fundaciones asociadas a alguna de las organizaciones autonómicas tendrán la consideración de “fundaciones asociadas” frente a la entidad que organice dichas actuaciones.

•    Se ampliarán los grupos de trabajo, informando a todas las fundaciones de cada sector correspondiente interesadas de cada una de las entidades autonómicas, de los grupos de trabajo existentes y aquellos otros que se creen, en los que se pondrán en común los métodos de actuación y de difusión.

•    Cooperarán de forma activa en lograr la mejora del marco legislativo en materia de Fundaciones, en virtud de su papel de interlocutoras entre el colectivo de fundaciones y las Administraciones Públicas, para lo que atenderán a las opiniones de las Fundaciones en esta materia, e intercambiarán las conclusiones y las mejoras que se alcancen en sus respectivas Comunidades Autónomas.

•    Negociarán convenios comunes con empresas para alcanzar posiciones más ventajosas que beneficien a todas las fundaciones asociadas a cualquiera de ambas entidades.

•    Colaborarán en la edición y difusión de aquellas publicaciones que sean de interés general para el sector y sean de aplicación en cada una de las Comunidades Autónomas.

•    Trabajarán conjuntamente en el impulso del Buen Gobierno en las Fundaciones, realizando cualquier documento de interés.

Todo ello sin perjuicio de que en el transcurso de su relación puedan establecer entre sí, y de común acuerdo otras vías de colaboración.

TERCERA.- A los efectos de implementar y desarrollar las posibilidades del presente Acuerdo, se creará una Comisión de Seguimiento, integrada por un representante de cada una de las organizaciones autonómicas.

Dicha Comisión deberá reunirse, al menos, una vez trimestralmente, celebrándose la reunión cada vez en la sede de una de las entidades autonómicas, de manera rotatoria. De cada una de las cuatro reuniones anuales se levantará la correspondiente acta, conteniendo los temas tratados y, en su caso, los acuerdos adoptados.

En la última reunión del año, se elaborará un balance de los logros obtenidos en el ejercicio en virtud del presente acuerdo, que se presentará a cada una de las Juntas Directivas de las entidades firmantes.

CUARTA.- La duración del presente Convenio será de un año a partir de su firma, renovándose automáticamente de forma indefinida, salvo que alguna de las partes manifieste expresamente su deseo en contra.

Todas las partes se comprometen a difundir el presente Convenio entre las Fundaciones asociadas a cada una de ellas, y a la sociedad en general, por los cauces habituales de comunicación de los que dispongan, así como las actividades que emprendan conjuntamente a lo largo de la vida del mismo.

La Asociación Extremeña de Fundaciones, la  Confederación Vasca de Fundaciones – FUNKO, la Coordinadora Catalana de Fundaciones y la Asociación de Fundaciones Andaluzas, en cuyo nombre actúan sus representantes, se comprometen desde este momento a iniciar las actuaciones necesarias para la consecución de los principios y fines que ambas han manifestado perseguir en este Convenio, así como los que eventualmente se susciten en el transcurso de su desarrollo.

Y para que surta los efectos oportunos, firman el presente documento, en Zamudio, Bizkaia, a cinco de junio de dos mil doce.

D. Juan José Salado Sánchez
Presidente de la Asociación Extremeña de Fundaciones

D. Javier Goienetxea
Presidente de la Confederación Vasca de Fundaciones – FUNKO

 

Dª. Alba Molás i Rifá
Directora Gerente de la Coordinadora Catalana de Fundaciones

D. Juan Luis Muñoz Escassi
Secretario General de la Asociación de Fundaciones Andaluzas