PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS NO LABORALES EN EMPRESAS

Bases de la Convocatoria de Becas 2017-18

La Fundación Grupo Ineprodes (en adelante, la FUNDACIÓN) pone en marcha este Programa que tiene como finalidad la inserción laboral de personas menores de 30 años desempleados, a través de experiencias profesionales no laborales en empresas, con remuneración económica, y bajo la supervisión de tutores de dichas empresas.

Base 01.- Modalidades de becas. La presente Convocatoria contempla dos modalidades de becas:

A.- Becas para graduados universitarios.

B.- Becas para titulados en formación profesional, tanto de grado medio como superior.

Base 02.- Número y tipos de becas.

a) En la edición de este año, la FUNDACIÓN convoca el siguiente número de becas y tipos:

 En la modalidad A:

1 beca para Grado en Trabajo Social

1 becas para Grado en Derecho.

1 beca para Grado en Ciencias de la Información (Periodismo).

2 becas para Ingeniería Informática.

1 beca para Grado en Pedagogía.

 En la modalidad B:

2 beca para Técnico/a en Desarrollo de Aplicaciones Web.

1 beca para Técnico/a en Marketing Digital.

1 beca para Técnico/a en Gestión Administrativa / Administración y Finanzas.

2 beca para Técnico/a en Gestión de Ventas.

1 beca para Técnico/a en Diseño Industrial.

2 Base 03.- Requisitos de los solicitantes.

a) Las personas solicitantes deberán tener la nacionalidad española.

b) Ser ciudadano residente en Andalucía.

c) Tener una edad entre 18 y 30 años.

d) Estar inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo.

e) Las personas solicitantes deberán poseer la titulación que a continuación se relaciona y, por tanto, exclusivamente podrán solicitar las becas:

Becas modalidad A.– Las personas candidatas que estén en posesión del título de grado universitario expedido por una universidad española o extranjera. En este último caso, las personas solicitantes de la beca deberán acreditar la homologación del título por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Becas modalidad B.– Las personas candidatas que estén en posesión del título de formación profesional de grado medio o superior, según proceda.

f) En ambos casos, la titulación deberá ser la correspondiente al tipo de beca.

g) El becario no podrá ser beneficiario, simultáneamente de ninguna beca, ingreso o ayuda económica relacionada con el objeto de la beca, pública o privada, presente o futura, de otro organismo o empresa. En todo caso, si el becario obtuviera algún tipo de ingreso durante el periodo de disfrute de la beca, deberá comunicarlo a la FUNDACIÓN.

Base 04.- Plazo de la convocatoria.

a) La convocatoria se abre el día 11 de mayo a las 12:00 horas de 2017 y se cerrará a las 14:00 del día 11 de septiembre de 2017 a efectos de información y entrega de la solicitud.

b) Todas aquellas solicitudes que sean registradas después de las 14:00 horas del día 11 de septiembre de 2017 se considerarán fuera de plazo y, por tanto, quedarán excluidas del proceso de selección de las becas.

c) La persona aspirante a una beca de la FUNDACIÓN deberá aceptar expresamente las condiciones de oferta de la beca, la interpretación auténtica que de ellas realice la FUNDACIÓN y el respectivo Comité seleccionador, la sumisión al fallo o selección que se produzca, y la cesión explícita de los eventuales derechos que a través de su acción como becario pudiera generarse.

Base 05.- Presentación de solicitudes.

a) Para optar a las becas de la FUNDACIÓN las personas solicitantes deberán cumplimentar el cuestionario de solicitud (disponible en la web www.fundaciongrupoineprodes.com) dentro del plazo de la convocatoria. No se admitirá ninguna solicitud que no se ajuste a las presentes bases. Por tanto, se recomienda a los candidatos que revisen y completen cuidadosamente el 3 cuestionario de solicitud con tiempo suficiente para que pueda resolverse cualquier incidencia antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) Las personas candidatas deberán adjuntar en el cuestionario de solicitud y en formato pdf, su curriculum vitae. Aquellos candidatos que no adjunten su curriculum vitae no se les admitirá la solicitud.

c) Si la persona candidata resultase seleccionado para pasar a la fase de entrevistas, en ese momento deberá presentar fotocopia de los siguientes documentos:

Copia del documento nacional de identidad, por ambas caras.

Original y copia, para su cotejo, de todos los méritos alegados por el candidato en su curriculum vitae. Todos aquellos méritos que el candidato no pueda demostrar mediante la presentación del documento original, no le serán valorados por el Comité seleccionador.

Certificado de estar inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo.

 Si la persona becaria fuera beneficiaria del Sistema de Garantía Juvenil, informar a la Fundación de esta circunstancia.

Base 06.- Selección de becarios.

a) El proceso de selección se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva. Los miembros del comité de selección elegirán a los candidatos que, según su criterio, de acuerdo con las bases de la convocatoria, acrediten mayores méritos y capacidades.

b) En función del número de solicitudes recibidas se efectuará un proceso de preselección. Los candidatos preseleccionados mantendrán una entrevista personal y directa con el Comité seleccionador. Se excluyen, en consecuencia, las entrevistas telefónicas o por otro medio audiovisual. Esta entrevista tendrá como objetivo principal la evaluación de los conocimientos académicos del candidato y, sobre todo, sus condiciones personales y, en especial, el interés, seriedad, capacidad de liderazgo, vocación social, etc.

c) Las entrevistas se realizarán en una fecha posterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El día en el que le sea comunicado su paso a la fase de entrevistas, el candidato deberá remitir a la FUNDACIÓN toda la documentación mencionada en la Base 05. En caso contrario, el candidato perderá sus derechos y será descartado. En caso de que el candidato deba desplazarse para la realización de las entrevistas a la sede de la FUNDACIÓN, los gastos derivados del mencionado desplazamiento correrán por cuenta del solicitante de la beca.

d) Por decisión del Comité seleccionador, alguna o algunas de las becas ofrecidas podrán ser declaradas desiertas.

Base 07.- Nombramiento de los becarios.

a) Concluido el plazo previsto en la convocatoria, y conforme al proceso descrito, el Comité seleccionador decidirá la adjudicación de las becas. La decisión el Comité se ajustará a lo previsto en las presentes normas, interpretadas, en lo que fuera preciso, por el propio Comité y por la FUNDACIÓN.

b) La persona solicitante, conforme a lo establecido en su petición, se compromete a aceptar, sea cual fuere, la decisión del Comité seleccionador, que no podrá ser revocada en ningún caso a instancia de los solicitantes. En consecuencia, los solicitantes aceptan plenamente el contenido de esta convocatoria y renuncian expresamente a todo tipo de acción judicial o extrajudicial contra las decisiones de la FUNDACIÓN o de su Comité seleccionador.

Base 08.- Situación jurídica de los beneficiarios.

a) Los candidatos a quienes se adjudiquen las becas ostentarán la condición de becarios de la Fundación Grupo Ineprodes. En su virtud, durante el periodo de su duración, los becarios quedarán sujetos a las normas de la FUNDACIÓN, sin que ello comporte la existencia de relación laboral alguna entre dicha entidad, o la empresa colaboradora y el becario.

b) Las becas serán concedidas por la FUNDACIÓN en exclusivo interés del propio beneficio, teniendo la naturaleza de ayudas a su formación, y no de remuneración o salario. Por ello, la labor formativa desarrollada por la FUNDACIÓN o por las empresas colaboradoras a favor del becario no supondrá la existencia de un vínculo laboral entre ambos. Durante su periodo de formación, los becarios quedarán sujetos a las normas de la FUNDACIÓN, sin perjuicio del deber de atender las orientaciones que les formulen los tutores asignados por las empresas colaboradoras.

Base 09.- Beneficios de los becarios.

a) La condición de becario del Programa llevará consigo el derecho a obtener los siguientes beneficios:

El disfrutar del desarrollo de la beca en una empresa colaboradora.

A recibir una asignación económica por todo el periodo que comprenda la beca. La FUNDACIÓN transferirá mensualmente a cada beneficiario la cantidad que proceda.

A realizar las cotizaciones a la Seguridad Social que establece el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

Un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, que será suscrito por la FUNDACIÓN a favor de los becarios, por todo el periodo que dure la beca.

A obtener idénticos beneficios a los expuestos anteriormente, en el caso de que la beca sea prorrogada.

Base 10.- Gestión de la beca y obligaciones de los becarios.

a) La gestión de la beca corresponde a la FUNDACIÓN, actuando como colaboradoras las empresas donde los becarios realicen las prácticas.

 b) En un máximo de diez días después de haber recibido la comunicación oficial, el becario deberá aceptar por escrito la beca concedida, así como las condiciones de la misma.

c) El becario deberá estar en situación de desempleo durante todo el tiempo del disfrute de la beca.

d) Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo de la beca. Particularmente, se incluyen aquellas que supongan su ausencia de la empresa colaboradora, ya sea ésta temporal, por causa de enfermedad o accidente, (circunstancia que deberá ser inmediatamente comunicada a la FUNDACIÓN, y acreditada mediante remisión del correspondiente parte médico a la FUNDACIÓN), o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa.

e) Mantener durante todo el período que dure la beca la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la misma.

f) Atender las orientaciones que reciban de los tutores que les asigne la empresa colaboradora en el ejercicio de su acción.

g) Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por la FUNDACIÓN o por la empresa colaboradora.

h) No divulgar ninguna información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de disfrute de la beca, ya sea relativa a la FUNDACIÓN o a la empresa colaboradora, ni durante ni después de dicho periodo.

Beca 11.- Anulación de la beca. Baja en el Programa.

a) Las empresas colaboradoras podrán solicitar a la FUNDACIÓN propuesta escrita motivada de anulación de la beca a aquellos becarios cuya actitud o aptitud resulte insuficiente para lograr los objetivos del Programa.

b) La FUNDACIÓN podrá anular la beca por cualquiera de las siguientes causas:

La constatación de alguna irregularidad grave en los datos expuestos por el becario en su solicitud.

El incumplimiento grave por parte del becario de alguna de sus obligaciones establecidas en la Base 10 de esta convocatoria.

No superar, a criterio de los tutores de la empresa colaboradora, el periodo de prueba de un mes.

La aceptación de la propuesta de la empresa colaboradora a que se refiere el apartado anterior.

c) La baja en el Programa podrá producirse:

Por la anulación de la beca (a instancia de la empresa colaboradora o de la FUNDACIÓN).

Por renuncia voluntaria del beneficiario.

d) La baja de un becario en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha de la misma. No obstante, en el caso de que el becario renuncie a su beca antes de que finalice su periodo de formación comprometido, para que tenga derecho a percibir su asignación, deberá haber completado un periodo mínimo de un mes y, al menos, el 90% de la asistencia en días y horas lectivas. En caso contrario, no tendrá derecho a percibir asignación alguna. e) Si un becario produjera baja por algún motivo, la FUNDACION, a propuesta de la empresa colaboradora podrá adjudicarla nuevamente a otro candidato, por el tiempo que reste para su terminación.

Base 12.- Dotación económica de la beca.

a) En cuanto a la dotación de las ayudas habrá de diferenciarse en función de la modalidad:

Becas modalidad A.- 2400 € brutos, además de los gastos correspondientes al coste del seguro de accidente y responsabilidad civil y las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan. El abono a la persona beneficiaria se realizará por la FUNDACIÓN, por mensualidades vencidas y mediante transferencia bancaria.

Becas modalidad B.- 1.800 € brutos, además de los gastos correspondientes al coste del seguro de accidente y responsabilidad civil y las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan. El abono a la persona beneficiaria se realizará por la FUNDACIÓN, por mensualidades vencidas y mediante transferencia bancaria.

Base 13.- Comienzo y duración de la beca.

a) Los becarios tendrán un periodo máximo de 15 días naturales para incorporarse a la empresa colaboradora asignada y comenzar el desarrollo de la beca.

b) La duración de la beca será de tres meses, 25 horas a la semana, distribuidas de la manera que la empresa colaboradora entienda que mejor se cumple con el objetivo de este Programa.

c) Igualmente, el periodo formativo podrá prorrogarse a petición de la empresa colaboradora, una vez sea autorizado por la FUNDACIÓN, por el tiempo que se estime necesario y siempre contando con la autorización por escrito del becario.

Base 14.- Ubicación geográfica de la beca.

a) La beca se realizará en las dependencias que designen la empresa colaboradora de la FUNDACIÓN para el desarrollo del presente Programa.

b) Las empresas colaboradoras de la FUNDACIÓN deberán determinar la sede de prácticas en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Base 15.- Tratamiento de datos.

a) Los datos de carácter personal proporcionados por el solicitante y los que en cualquier momento el mismo facilite, serán incluidos en un fichero automatizado de datos titularidad de la FUNDACIÓN, mantenido bajo su responsabilidad. La finalidad de dicho fichero es la gestión de la presente convocatoria y, en su caso, concesión de beca, así como el envío de información acerca de la actividad de la FUNDACIÓN y cumplimiento de los fines fundacionales.

b) El solicitante podrá, en cualquier momento, acceder a dicho fichero con la finalidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto de sus datos de carácter personal. Dichos derechos podrán ejercitarse de manera absolutamente gratuita mediante comunicación escrita dirigida a la FUNDACIÓN.

c) El solicitante consiente expresamente el tratamiento de sus datos de carácter personal o de los que haya facilitado en los términos anteriormente expuestos.