Se ha aprobado, por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, y publicado en el BOE de 19 de enero de 2008, el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal. Hasta hoy, las fundaciones de ámbito estatal carecían de un Registro único, y eran los Protectorados de los distintos Ministerios los que cubrían las funciones de registro.

El Registro de Fundaciones de Competencia Estatal entrará en vigor el 1 de octubre de 2008, y tendrá por objeto la inscripción de las siguientes fundaciones: las fundaciones, incluso laborales, que desarrollen su actividad en todo el territorio del Estado o principalmente en el territorio de más de una comunidad autónoma; las delegaciones de fundaciones extranjeras que tengan el mismo ámbito de actuación y las fundaciones del sector público estatal, con independencia del ámbito territorial de actuación de las mismas.

Por lo tanto, este reglamento no afectará en modo alguno a las fundaciones cuyo principal ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Andalucía pero sí a aquellas fundaciones que, aun teniendo su sede en Andalucía, su ámbito de actuación, recogido en sus estatutos, sea estatal o supraautonómico. 

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